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miércoles 04-12-2024

Semana caliente en el Concejo Deliberante por el “Código de Garro”

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El bloque oficialista planea aprobar este miércoles la polémica modificación al Código Contravencional. Habrá una movilización y un abrazo a la Municipalidad en rechazo a la iniciativa. Enterate qué concejales y concejalas acompañan el proyecto

Cuatro años después de que el intendente Julio Garro presentara el proyecto de reforma del Código Contravencional (ahora denominado Código de Convivencia), el expediente está listo para ser votado en la sesión que se celebrará este miércoles en el Concejo Deliberante.

Desde que fue anunciada, la iniciativa cosechó diversos rechazos por parte de organismos de derechos humanos, gremios, vendedores y vendedoras ambulantes, trabajadores y trabajadoras cartoneras, trabajadoras y trabajadores sexuales, artistas callejeros, sectores de la cultura, la comunidad senegalesa, trabajadores y trabajadoras muralistas, y distintas organizaciones políticas y sociales.

Las razones del cuestionamiento estuvieron fundadas en que el proyecto establece severas multas para las manifestaciones, restringiendo el derecho a la protesta, como así también para la venta ambulante, y hasta prohíbe totalmente la tracción a sangre afectando el trabajo de cartoneros y recicladores. También penaliza la “oferta de servicios sexuales”; e incluye artículos que cuestionan el desempeño de los artistas callejeros, mientras que otros impiden directamente el trabajo de quienes lavan autos en la vía pública.

Este miércoles, estos sectores volvieron a llamar a una movilización al igual que lo hicieron hace quince días en una convocatoria masiva que fue desde plaza Italia hasta la Municipalidad. Esta vez, la marcha comenzará en plaza San Martín, y al llegar al edificio municipal realizarán un abrazo en rechazo a lo que califican como un “código represivo, criminalizador, xenófobo y clasista”.

¿Cuáles son las bancas que acompañarán el polémico Código?

El bloque oficialista (Juntos) cuenta con la mayoría necesaria para aprobar el expediente. La bancada cuenta con 13 integrantes, de 24 que componen el Concejo Deliberante. De esta forma, quienes lo aprueben serán Ileana Cid (presidenta del cuerpo); Claudio Frangul (presidente del bloque y candidato a diputado provincial); Javier Mor Roig (que busca renovar su banca como primer candidato en la lista de concejales de Juntos); Darío Musto; Federico Molla; Francesco Arriaga; Liliana Lucha; Nelson Marino; Raúl Abraham; Romina Cayón; Romina Marascio y Verónica Rivas.

Pero además, el oficialismo cuenta con un voto más: el de Gastón Crespo, que ocupa el unibloque del GEN, aunque prácticamente está integrado a la gestión garrista ya que forma parte de la lista de diputados provinciales de Juntos.

Del otro lado, el bloque del Frente de Todos -de 10 concejales y concejalas- no acompañará el proyecto, afirmando que es “restrictivo, sectario y recaudador, entre varias cuestiones”. La última vez que hubo un expediente polémico, por la sesión de tierras fiscales del barrio El Rincón al Arzobispado, la bancada había votado de forma dividida: la mayoría había acompañado al oficialismo, mientras que dos concejalas se habían abstenido.

El proyecto

El texto definitivo del proyecto de la ordenanza mantiene la mayoría de los artículos que fueron rechazados en diferentes protestas callejeras, realizadas en los últimos cuatro años.

Entre ellos, se encuentra el artículo 115º, que penaliza con multas que pueden alcanzar hasta los $105.000 a aquellas personas que lavan o limpian automóviles en la vía pública como forma de subsistencia.

También se mantiene el 150º, que es el que afecta directamente el derecho a la protesta. El artículo prevé una sanción de hasta $350.000 a los responsables de protagonizar manifestaciones callejeras que “obstaculicen totalmente los carriles de circulación así como aquellos destinados al transporte público”.

“El Departamento Ejecutivo podrá habilitar una excepción a este supuesto, en los casos de manifestaciones multitudinarias en las cuales no sea posible otra alternativa”, matiza el texto, aunque de todas formas la prohibición es explícita y el criterio de la excepción quedará a cargo de la Municipalidad y la Justicia de Faltas.

A su vez, el artículo 92º penaliza otros modos de manifestación como es la quema de gomas, que puede ser sancionada con multas de hasta $700.000. En este punto, se agrava la pena si esta acción fuera encarada por “partidos políticos, Asociaciones gremiales, Asociaciones civiles, Organizaciones no gubernamentales, o agrupación de personas”.

En lo referido al trabajo sexual, si bien se quitó la prohibición total que figuraba en la norma original, de todas formas se mantiene la sanción cuando el mismo fuera ejercido “en los espacios públicos no autorizados”. El texto aclara que la Municipalidad definirá dónde se puede realizar y dónde no, anticipando un futuro intento de traslado de la denominada zona roja. La multa en este caso puede llegar hasta los $315.000.

En tanto, la venta ambulante de la que subsisten miles de familias en la ciudad, es penada en el artículo 219º con multas que pueden alcanzar los $525.000 y el decomiso de la mercadería. Además, también se sanciona en el artículo 223º a quienes ofrezcan “a viva voz de cualquier producto, o el empleo de adminículos sonoros destinados a llamar la atención del público”.

Por otro lado, se mantiene uno de los artículos -el 229º- cuestionado por las organizaciones que nuclean a cartoneras/es y recicladoras/es urbanos que utilizan “tracción a sangre” para poder trabajar, sancionando esta práctica con hasta $525.000.

También queda penada en el artículo 214º la venta de servicios “en el interior de vehículos, cuando estos se detengan en los semáforos”.  Esto afecta directamente a las personas que realizan venta ambulante en dichos puntos, aquellas que trabajan limpiando vidrios o también a artistas callejeros que se desempeñan en esos puntos de la ciudad. La sanción puede alcanzar en este caso los $350.000.

En otro orden, también el “Código de Convivencia” pena la colocación de pasacalles, pancartas y hasta la distribución de panfletos publicitarios masivos (artículo 207º), es decir, todas prácticas más que usuales de la ciudadanía, sobre todo en época de elecciones ya que son estrategias que utilizan todas las coaliciones políticas (incluido el propio oficialismo).

De la misma forma, el artículo 205º sanciona la realización de “todo tipo de grafito, pintada, mancha, garabato, escrito, inscripción o grafismo, con cualquier materia (tinta, pintura, materia orgánica, o similares) o bien rayara la superficie” de cualquier elemento del espacio público, situación que también pone en tensión expresiones de protesta social.

La versión original contenía además otros puntos cuestionados, que fueron modificados durante el tratamiento. El más polémico era la pena de arresto, que figuraba como sanción en varios de los artículos y había sido calificado de “inconstitucional” por la Defensoría del Pueblo Bonaerense y la Comisión Provincial por la Memoria, que participaron del debate en la comisión.

Por fuera de estos puntos fuertemente cuestionados, el proyecto incluye aspectos que no estaban contemplados en el actual Código de Faltas, como la sanción al acoso callejero, al maltrato animal, o a los daños que se ocasionaren durante festejos del “último primer día”.

Para leer el texto completo del proyecto, hacé click acá.

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