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miércoles 24-04-2024

Teletrabajo: los límites de la ley y la brecha digital

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Pulso Noticias dialogó con Luana Simioni, delegada de la Junta Interna ATE IOMA; Pablo Abramovich, titular de la AJB; y Fabiana Berardi, de Udocba La Plata, sobre el proyecto que busca regular el trabajo a distancia, los puntos en los que la norma se confronta con la realidad y el desarrollo de las actividades laborales durante la pandemia

Por Walter Amori

La pandemia, y el consecuente aislamiento social como el mayor antídoto válido para evitar que el contagio de la Covid-19 se expanda, aceleró el debate y la necesidad de legislar sobre una de las modalidades en el engranaje del aparato productivo moderno: el teletrabajo.

El pasado miércoles, una iniciativa impulsada por del Frente de Todos para regular esta actividad alcanzó media sanción en la Cámara de Diputados de la Nación y no tendría mayores escollos para que se convierta en ley en el Senado (ver aparte: Los puntos destacados del proyecto de ley).

En La Plata, la situación adquiere especial relevancia por tratarse de la capital administrativa de la provincia más grande del país. Pulso Noticias dialogó con referentes gremiales de la región sobre el tratamiento de la ley del teletrabajo a nivel nacional, los puntos que generan controversias y las realidades que hoy se contemplan en los espacios laborales.

En el ámbito provincial, la Asociación Judicial Bonaerense (AJB) tomó la decisión en abril de establecer un primer acuerdo regulatorio de esta modalidad laboral en el sistema judicial con las autoridades de la Suprema Corte de la Provincia, cuyo contenido mantiene puntos de comparación con el proyecto de ley nacional.

Al respecto, el secretario general de la AJB, Pablo Abramovich, aclara a este medio que “fue una solución de emergencia, limitada al período de aislamiento obligatorio” y cuestiona a la norma que fue aprobada en Diputados por establecer el inicio de su aplicación a los 90 días de finalizadas las medidas de aislamiento social.

“No viene a resolver una situación de emergencia para garantizar derechos de aquellos que están teletrabajando durante la pandemia y a los cuales se les impuso condiciones totalmente ineducadas de trabajo, avasallando funciones, horarios, tareas. Cuesta entender que haya un apuro para resolver esa regulación, teniendo en cuenta que no viene a atacar la cuestión más urgente”, indica Abramovich.

Pablo Abramovich | Foto: Nicolás Braicovich (Pulso Noticias)

En la misma línea, Luana Simioni, secretaria general de la Junta Interna de ATE IOMA, remarca: “Hubo entre el texto original y el que se votó varios cambios a pedido de las patronales. Fueron invitados a la comisión de Legislación Laboral representantes de la UIA, la CAME y APyME, y en esa reunión exigieron algunos cambios que fueron consensuados entre el Frente de Todos, que impulsa esta ley, con acuerdo de Juntos por el Cambio”.

“Por un lado introdujeron el artículo 19, que plantea que esta modalidad va a entrar en vigencia 90 días después de finalizada la cuarentena, cuando lo que urge es regular hoy el teletrabajo. No se avanza en una regulación en este contexto y sí se avanza en precarización, en despidos de gente que está haciendo teletrabajo, en no regular un plus por cuidado de niñes y se introdujo una medida de pago por objetivos, lo cual es flexibilizador de las condiciones de trabajo”, explica.

En tanto el titular de la AJB refuerza: “Otro de los problemas que tiene este proyecto es que establece un piso de condiciones muy bajos y remite muchas de las garantías de aplicación efectiva de esas regulaciones al ámbito de la negociación colectiva. El problema de esto es que hasta que esta regulación se pueda producir, y se plasme en acuerdo colectivo, va a regir una ley sobre la cual se va a manifestar la voluntad unilateral del empleador”.

El riesgo de la precarización

De acuerdo a un sondeo realizado por la consultora Apex América en Argentina, Chile y Colombia. el 47% de las empresas consultadas señalaron que continuarán con la modalidad home office cuando termine la cuarentena, mientras que 42% aún no lo descarta. En este aspecto, uno de los puntos de disputa tiene que ver con que los empleadores verían con buenos ojos esta modalidad ante la imposibilidad de que los trabajadores puedan tejer lazos solidarios y organizarse frente al incumplimiento de las condiciones laborales y la vulneración de derechos.

Con respecto a ello Luana Simioni manifestó que la norma deber ser clara en el sostenimiento de “los derechos sindicales, la garantía de que se puedan hacer asambleas comunes entre los que realizan trabajo presencial y los que realizan teletrabajo. Es una norma que si no tiene introducida en su reglamentación la plena vigencia de los derechos sindicales atenta conta las libertades de los trabajadores”.

Para Pablo Abramovich esta modalidad “tiene dos funciones primordiales, precarizar las condiciones de trabajo, y en segundo lugar limitar la acción sindical”. “La oficina, la fábrica el lugar de trabajo, es el ámbito en el cual se constituye la dimensión colectiva que permite abordar los problemas que aparecen del trabajo”, afirma.

Asimismo, alerta: “En los sectores donde quede instalada esta forma de organizar el trabajo hay que plantear muy seriamente la estrategia de organización colectiva para que esos trabajadores sigan en contacto con la organización sindical y puedan continuar construyendo límites en la imposición de condiciones laborales”.

Por su parte, Fabiana Berardi, referente de Udocba La Plata, indica al respecto que “es muy importante que todos los sectores del sindicalismo estemos conectados y vinculados en este período y al resguardo de lo que pueda llegar a pasar con el impacto que se pueda recoger del teletrabajo”. “Que esto no tienda a generar una precarización laboral”, reclama. (ver aparte: El caso particular de los docentes)

La tecnología, un limitante que se choca con el aislamiento

Pese a lo esfuerzos desde los distintos sectores de la administración provincial para poder seguir adelante con las tareas de manera virtual, garantizar el aislamiento social y las condiciones de salud de los trabajadores, el retraso en materia tecnológica y de digitalización es una realidad que confronta a los intentos por extender el teletrabajo.

Luana Simioni | Foto: María Paula Ávila (Pulso Noticias)

Por el lado de los trabajadores judiciales, el titular de la AJB relató que “el proceso de avance limitado que tenía la digitalización de expedientes en el poder judicial obligó a que tengamos un porcentaje de compañeros y compañeras trabajando en forma presencial, ya sea para resolver esos expedientes que no están digitalizados o con gente trabajando en los juzgados para digitalizarlos”.

A su vez detalla: “Después tenemos problemas en cuanto a la capacidad de trabajo de nuestros compañeros y compañeras, teniendo en cuenta que desarrollan tareas en condiciones inadecuadas, con inconvenientes de conexión a internet, donde para poder organizarse con la vida familiar terminan conectándose a cualquier hora y en cualquier lugar de la casa, con mucha dificultad para que ese trabajo tenga el mismo rendimiento del que tenía de manera presencial”.

En cuanto a IOMA, un organismo cuya tarea fue declarada de carácter esencial, su presente no escapa a los relatado por Abramovich. “El teletrabajo se implementó, pero limitadamente porque venimos de una gestión que intentó privatizar los servicios informáticos, esto retrasó la posibilidad de tener herramientas adecuadas para hacer frente a la situación de la pandemia. Gran parte de la atención en IOMA necesita hoy de la tarea presencial, tanto en la atención de los afiliados, como en las tareas de auditoría y control de las prestaciones. Sigue habiendo una gran cantidad de trabajo que está en papel, no está digitalizado”, cuenta Luana Simioni.

“Hubo un gran esfuerzo de nuestros compañeros informáticos para trabajar a contrarreloj, pero veníamos dese muy atrás. No ha habido una inversión suficiente en que las tecnologías estén al servicio de nuestra tarea, de agilizar nuestra tarea. Mas bien al revés, siempre que se piensa en el desarrollo informático se piensa como un negocio para tercerizarlo o para reducir personal”, asegura.

El caso particular de los docentes

Los educadores fueron los primeros en alzar su voz durante la cuarentena ante la falta de herramientas de trabajo adecuadas para desarrollar las clases de manera virtual, la sobrecarga laboral y los problemas para desconectarse en su tarea como docentes.

Fabiana Berardi | Foto: Nicolás Braicovich (Pulso Noticias)

Esa situación se saldó parcialmente el pasado 6 de junio cuando el gobierno nacional y los gremios docentes firmaron un acuerdo paritario para readecuar el trabajo de los maestros durante la cuarentena.

Como parte del convenio establecido, desde el Ministerio de Educación se comprometieron a trabajar para respetar el tiempo laboral equivalente a la carga horaria que determina cada cargo, el derecho a la preservación de su intimidad familiar y al descanso, el “derecho a la desconexión digital”, a garantizar la ampliación de recursos tecnológicos y la formación de los docentes.

Para Fabiana Berardi “fue importante porque se contempla que tiene que haber conectividad y elementos tecnológicos para la comunidad educativa, que es lo que estamos reclamando desde el sector docente con mucha fuerza”.

Pese a ello sostiene que todavía “hay un reclamo muy fuerte de la clase trabajadora respecto a la falta de recursos de trabajo y a la conectividad”. “El 50% de los docentes en la provincia de Buenos Aires están teniendo déficits al respecto”, puntualiza y añade que “otro aspecto necesario es la capacitación”.

“Algunos docentes se pudieron poner a tono y otros no pudieron porque tampoco fueron capacitados. Si bien hay espacios de capacitación, no alcanzan, pero sí hay mucha voluntad de los compañeros”, expresa la representante de Udocba.

En relación a lo acordado en Educación a nivel nacional, Berardi manifestó a este medio que en el mismo sentido se está trabajando en la provincia de Buenos Aires. “Hay un mandato de los secretarios generales del Frente de Unidad Docente de que ese marco regulatorio se trate en el ámbito paritario provincial y creemos que se tiene que dar en breve”.

Los puntos destacados del proyecto de ley

  • Las regulaciones específicas del teletrabajo se establecerán para cada actividad mediante la negociación colectiva.
  • Las personas contratadas bajo esta modalidad gozarán de los mismos derechos y obligaciones que las personas que trabajan bajo la modalidad presencial
  • La jornada laboral deberá ser pactada previamente por escrito en el contrato de trabajo, tanto en lo que respecta a lo convenido por hora como por objetivos.
  • Se introduce el derecho a la desconexión digital. La persona que trabaja bajo esta modalidad “tendrá derecho a no ser contactada y a desconectarse de los dispositivos digitales y/o tecnologías de la información y comunicación, fuera de su jornada laboral y durante los períodos de licencias” y “no podrá ser sancionada por hacer uso de este derecho”.
  • El empleador deberá proporcionar el equipamiento, las herramientas de trabajo y el soporte necesario para el desempeño de las tareas, y asumir los costos de instalación, mantenimiento y reparación de las mismas.
  • El trabajador a distancia “tendrá derecho a la compensación por los mayores gastos en conectividad y/o consumo de servicios”.
  • Quienes acrediten tener a su cargo el cuidado de personas menores de 13 años, personas con discapacidad o adultas mayores, tendrán derecho a horarios compatibles con las tareas de cuidado a su cargo y/o a interrumpir la jornada.
  • El traslado a la modalidad de teletrabajo debe ser voluntario y prestado por escrito. El consentimiento sobre la modalidad podrá ser revocado por el trabajador en cualquier momento de la relación. La negativa del empleador dará derecho al “teletrabajador” a considerarse en situación de despido.
  • Se garantizan los “derechos colectivos” de los trabajadores e igual representación sindical a la del conjunto de las personas que trabajan en forma presencial.
  • La ley comenzará a regir tres meses después de finalizado el período de aislamiento social preventivo y obligatorio dispuesto por el Gobierno.

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