Así lo dispuso la AFIP. Para adherir al régimen de facilidades de pago es requisito concretar el anticipo del 20% de la deuda consolidada. Como si no tuvieran para pagarlo
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) formalizó la posibilidad de cancelar en seis cuotas el Aporte Solidario y Extraordinario de las grandes fortunas a través de un régimen de facilidades de pago, establecido por la resolución general 4942/2021 publicada hoy en el Boletín Oficial.
La norma determina que las personas alcanzadas por el aporte extraordinario podrán optar entre el 23 de marzo y el 28 de abril, por realizar un anticipo del 20% de la deuda consolidada e ingresar el saldo resultante en cinco pagos mensuales y consecutivos.
Además, la AFIP dispuso que la tasa de financiación para quienes opten por esta vía será la correspondiente a la de los intereses resarcitorios del organismo.
Para adherir al régimen de facilidades de pago es requisito concretar el anticipo del 20% de la deuda consolidada. En tanto, las cinco cuotas restantes se abonarán el 16 de cada mes a partir del mes siguiente de concretado el pago inicial.
El plazo para presentar la declaración jurada de los contribuyentes alcanzados por el Aporte Solidario y Extraordinario es el 30 de marzo próximo.
Vale recordar que el Aporte Solidario y Extraordinario alcanza a las personas humanas y sucesiones indivisas residentes en el país por la totalidad de sus bienes en el país y en el exterior y a las personas humanas y sucesiones indivisas no residentes, por la totalidad de sus bienes en el país, siempre que los mismos superen la suma de $200 millones.
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