Desde la Defensoría del Pueblo de la provincia advirtieron sobre los hábitos que trajo consigo la pandemia. Buscan reforzar normas que reduzcan “la exposición a la promoción e influencia de bebidas y alimentos malsanos” para niños y niñas en las escuelas
El defensor del Pueblo adjunto de la provincia de Buenos Aires, Walter Martello, aseguró hoy a través de un comunicado que “más del 41 por ciento de los niños, niñas y adolescentes (NNyA) en la Argentina tienen problemas de sobrepreso u obesidad”, y sostuvo que la pandemia y el contexto de aislamiento “empeoró la situación”.
“Urge en la salida de la pandemia, ante la vuelta al sistema presencial, aplicar la legislación vigente que impulsa hábitos saludables desde los entornos escolares, como así también avanzar en distintas herramientas para reducir la exposición a la promoción e influencia de bebidas y alimentos malsanos”, explicó Martello, responsable del Observatorio de Derechos de NNyA de la Defensoría bonaerense.
Según precisó el especialista, un estudio realizado en Italia que tomado como referencia por profesionales del Hospital Garrahan, mostró que pacientes niños y adolescentes no manifestaron cambios favorables respecto de la ingesta de vegetales ni frutas durante la cuarentena. Por el contrario, los alimentos que ingirieron fueron en su mayoría papas fritas, carnes rojas y bebidas azucaradas.
El Defensor adjunto recordó que el exceso de peso es uno de los principales factores de riesgo ante la Covid-19″, y aludió a una reciente investigación publicada por Obesity Reviews que describe que las personas con obesidad, que contrajeron el SARS-CoV-2, tienen un 113% más de probabilidades que las personas de peso saludable de ingresar al hospital, un 74% más de chances de ser ingresadas en terapia intensiva y un 48% más de morir.
Desde hace cinco años, en la provincia de Buenos Aires rige la Ley 14556 que establece la estrategia integral de educación para la salud, aplicable en el sistema educativo en todos sus ámbitos, niveles y modalidades, de gestión estatal y privada.
Esta ley, entre otros aspectos, dispone que se deban incluir contenidos para la promoción de la salud y la prevención de enfermedades en la currícula. A su vez, obliga a que los comercios, ubicados en los establecimientos educativos, garanticen el expendio de productos tendientes a promover una alimentación saludable.
“Creemos necesario fortalecer y mejorar lo establecido en la Ley 14556 y su norma reglamentaria, incorporando de manera expresa y pormenorizada a la currícula contenidos de Educación Alimentaria Nutricional (EAN), empezando desde la enseñanza inicial y básica y continuando en la enseñanza secundaria o su equivalente”, reflexionó Martello.
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