Derrame de petróleo: la Justicia rechazó el acuerdo entre Shell y Magdalena

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Un fallo del Juzgado Civil y Comercial Federal Nº 3 denegó la homologación del acuerdo firmado hace diecisiete años. La causa se reabre y el reclamo ambiental se reaviva. Sin embargo la resolución podría ser funcional a los intereses de la empresa responsable del mayor derrame petrolero en aguas dulces del mundo.

A casi tres décadas del mayor derrame de petróleo en aguas dulces del mundo, la Justicia volvió a sacudir la causa Magdalena–Shell. Un fallo del Juzgado Civil y Comercial Federal N.º 3, firmado por el juez Juan Rafael Stinco, rechazó la homologación del acuerdo firmado en 2009 entre la Municipalidad de Magdalena y la petrolera Shell CAPSA, que preveía el pago de 9,5 millones de dólares para cerrar el expediente. La decisión deja la causa abierta y reaviva un conflicto atravesado por errores políticos, activismo persistente y una deuda ambiental todavía sin saldar.

La resolución, dictada el 30 de diciembre pasado y notificada tras la feria judicial —coincidiendo con el Día Mundial de los Humedales— declaró improcedente el acuerdo al considerar que los derechos ambientales son de orden público y no pueden ser objeto de una transacción privada que prescinda de los principios constitucionales. El tribunal sostuvo que el convenio carecía de estudios técnicos que justificaran el monto, no garantizaba una recomposición ambiental efectiva y no permitía un control judicial adecuado. Ni la voluntad de las partes, ni el aval del Concejo Deliberante, ni un plebiscito no vinculante pueden estar por encima del artículo 41 de la Constitución Nacional y de la Ley General del Ambiente.

El fallo reconoce que pericias recientes no detectan actualmente daño ambiental activo atribuible al derrame, pero aclara que ese dato no habilita cualquier cierre del conflicto. El análisis debe situarse en el momento en que el acuerdo fue firmado, cuando no existía certeza técnica sobre la evolución del daño ni se habían cumplido las obligaciones legales de reparación. La inexistencia de contaminación actual no borra la responsabilidad histórica ni legitima un acuerdo sin destino ambiental específico.

Foto: Fernando Massobrio

Protagonismo de los activismos desde el territorio

El reclamo no se sostuvo durante años por voluntad de la política, sino por la persistencia del activismo socioambiental. Organizaciones como Ala Plástica, Casa Río, Colectiva Magdalena 318, Observatorio Petrolero Sur y la Red de Comunidades Costeras mantuvieron viva la causa mediante acciones de comunicación, exhibiciones en el circuito de arte internacional, estudios de campo, actividades públicas, articulaciones escuelas y universidades y producciones culturales, incluido un documental exhibido en festivales internacionales y sigue girando en las instituciones educativas.

Tras el fallo, el bloque del Espacio de Pensamiento y Acción (EPA) presentó un proyecto de resolución en el Concejo Deliberante de Magdalena solicitando al Ejecutivo un informe detallado del estado de la causa y la remisión de todas las pericias e informes técnicos. También reclamaron instancias de participación ciudadana y acceso a la información pública para evitar decisiones aisladas sobre un patrimonio común.

El dictamen también convalidó los planteos realizados por Leonardo Fediuk, patrocinado por el abogado Mariano Aguilar, quienes habían advertido tempranamente sobre la inconstitucionalidad del acuerdo. Aguilar calificó el fallo como un “triunfo de la justicia ambiental”, aunque advirtió sobre un riesgo concreto: que Shell intente interpretar la nulidad del acuerdo como una liberación total de responsabilidades. “El peligro es que la empresa considere el tema terminado y se retire sin pagar un centavo”, señaló, y remarcó que el fallo no obliga a renegociar la diferencia entre los 9,5 millones acordados y los cerca de 96 millones que surgen de las pericias originales actualizadas, una omisión que podría ser revisada por la Cámara.

Por su parte, Fediuk anticipó que tanto Shell como el Municipio podrían apelar el fallo y cuestionó la actitud sostenida por la comuna durante años, en sintonía con la estrategia de la petrolera.

Foto: Alejandro Meitin

Crónica de una justicia empetrolada

El origen del conflicto se remonta al 15 de enero de 1999, cuando el buque tanque Estrella Pampeana, operado por Shell, colisionó con el portacontenedores Sea Paraná en el Río de la Plata. El derrame de más de cinco millones de litros de crudo contaminó unos 30 kilómetros de costas, afectó humedales, fauna, flora y paralizó durante años la pesca y el turismo. Fue catalogado como el mayor derrame de hidrocarburos en aguas dulces del mundo.

En 2002, la Municipalidad de Magdalena inició una demanda millonaria por reparación ambiental y económica, una decisión que marcó un gesto institucional poco frecuente al enfrentar en soledad a una de las petroleras más poderosas del planeta. Fallos iniciales favorables, dictados por la Justicia Federal de La Plata, condenaron a Shell a pagar cerca de 35 millones de dólares, pero en 2007 la Corte Suprema anuló la sentencia por cuestiones de competencia y trasladó la causa a los tribunales federales de la Ciudad de Buenos Aires, dejando al Municipio en una posición procesal desigual.

Un acuerdo con la mira puesta en los dólares y no en el ambiente

En ese escenario adverso, en 2009 se firmó un acuerdo transaccional entre Shell y el Municipio por 9,5 millones de dólares. La empresa no reconocía responsabilidad alguna y la comuna desistía de continuar el litigio. Los fondos no estaban destinados específicamente a la recomposición ambiental, sino a otras obras. El acuerdo fue respaldado por un plebiscito no vinculante y aprobado por el Concejo Deliberante local. El pacto nunca fue homologado y ahora quedó definitivamente sin efecto.

Según opiniones comprometidas con el derecho y el activismo ambiental, Magdalena podría haber desplegado entonces una estrategia muy distinta: construir alianzas con actores ambientales internacionales, universidades, organismos multilaterales y redes de litigio estratégico; formar una camada de dirigentes y técnicos especializados en derecho ambiental y negociación internacional; convertir el caso en un ejemplo regional de justicia ambiental. En lugar de eso, predominó una mirada estrecha y poco imaginativa, orientada a obtener recursos inmediatos y a buscar apoyos para cerrar la disputa, no para fortalecerla.

¿Un fallo de tono “ambientalista” pero funcional a Shell?

El fallo no cierra la causa: la reabre. Sin embargo, también expone una paradoja que enciende las alarmas. Al declarar nulo el acuerdo sin ordenar una renegociación ni fijar parámetros económicos alternativos, la resolución deja abierta la posibilidad de que el paso del tiempo, la ausencia de daño ambiental actualmente verificable y la inacción estatal terminen operando en favor de la petrolera. La nulidad del convenio, en ese escenario, podría convertirse en una vía indirecta de liberación de responsabilidades, más que en el punto de partida de una reparación integral.

A casi tres décadas del derrame, el riesgo es que una sentencia jurídicamente correcta derive en una injusticia material: que Shell quede eximida de pagar incluso los 9,5 millones de dólares que pretendía desembolsar en 2009, no por falta de responsabilidad, sino por el desgaste del proceso y la demora institucional. La causa sigue abierta, pero el interrogante central persiste: si no hay decisión política para exigir una recomposición ambiental efectiva, el fallo que rechazó el acuerdo podría terminar siendo, en los hechos, funcional a los intereses de la empresa responsable del mayor derrame de petróleo en aguas dulces del mundo.

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