Declararon inadmisibles los recursos extraordinarios interpuestos por las defensas de un grupo de jóvenes condenados por integrar la agrupación “Bandera Negra”, que protagonizó una serie de ataques violentos entre 2013 y 2016
La Cámara Federal de Casación Penal declaró hoy inadmisibles los recursos extraordinarios interpuestos por las defensas de un grupo de jóvenes condenados por integrar una organización neonazi en Mar del Plata, y de esa manera confirmó las condenas dictadas tras un juicio realizado en 2018, informaron fuentes judiciales.
La Sala II del máximo tribunal penal, integrada por los jueces Guillermo Yacobucci, Alejandro Slokar y Carlos Mahiques, rechazó las presentaciones realizadas por las defensas de Gonzalo Paniagua, Nicolás Caputo, Franco Martín Pozas y Giuliano Spagnolo, cuatro de los seis condenados por integrar la agrupación neonazi autodenominada “Bandera Negra”, que protagonizó una serie de ataques violentos en la ciudad balnearia entre 2013 y 2016.
Los magistrados confirmaron así la sentencia dictada también por Casación el último 21 de febrero, que a su vez había ratificado un fallo dictado tras un juicio por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal 1 (TOF 1) marplatense.
Paniagua, Caputo, Pozas y Spagnolo fueron condenados el 3 de mayo de 2018, junto a Olexandr Levchenko y Alan Olea, a penas de entre 4 años y seis meses y 9 años y seis meses de prisión por el TOF 1 marplatense, integrado por los jueces Roberto Falcone, Mario Portela y Bernardo Bibel.
Todos ellos fueron sentenciados por haber formado parte de una agrupación “destinada a imponer sus ideas y combatir las ajenas por la fuerza o el temor” y por “pertenecer a una organización y realizar propaganda basado en ideas o teorías de superioridad de una raza, religión o grupo étnico”.
Tanto el TOF marplatense como luego la Cámara Federal de Casación Penal -al igual que el fiscal ante Casación, Javier de Luca- dieron por acreditado la existencia de una asociación no constituida legalmente denominada “Bandera Negra” o “Frente Skinhead Buenos Aires–Mar del Plata (FSSBA)”.
De acuerdo a la sentencia, “sus integrantes participan de la ideología nacionalsocialista creyendo en la supremacía de ciertas razas, discriminando a otros por razón de raza, religión, nacionalidad, orientación sexual y/o ideología política”.
El 21 de febrero último, tras una serie de postergaciones, la propia Sala II del Tribunal de Casación confirmó la sentencia dictada tras el juicio en Mar del Plata, luego de la apelación presentada por las defensas de los condenados.
(Fuente: Télam)
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