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domingo 06-10-2024

Causa CNU: fuerte rechazo a la absolución del represor “Pipi” Pomares

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Se trata de uno de los integrantes del grupo paraestatal CNU que cometía delitos de lesa humanidad en La Plata y Mar del Plata entre 1974 y 1976. Pomares junto a Carlos “El Indio” Castillo fueron juzgados en 2017

El Tribunal Oral Federal N° 1 dio a conocer el fallo donde absuelve al integrante de la banda paraestatal Concentración Nacional Universitaria (CNU) de La Plata, Juan José “Pipi” Pomares. En tanto, la Subsecretaría de Derechos Humanos de la Provincia manifestó su disconformidad y adelantó que apelará esa decisión. Organismos de derechos también expresaron su repudio.

A través de un comunicado de prensa, la subsecretaría recordó que Pomares llegó al juicio como lugarteniente de Castillo y acusado por los homicidios de Carlos Antonio Domínguez (dirigente del gremio de los trabajadores del Hipódromo), Néstor Hugo Dinotto, Graciela Herminia Martini y la ‘sustracción de una persona con el fin de obligarla a hacer, no hacer, o tolerar algo contra su voluntad’ en perjuicio de Hugo Daniel Pastorini y Adelaida Úrsula Barón“.

En la sentencia del juicio a la CNU platense, el 28 de noviembre de 2017, Castillo fue condenado a cadena perpetua por crímenes de lesa humanidad cometidos en abril de 1976 pero Pomares fue absuelto por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°1 por el “beneficio de la duda”. Sin embargo, esa absolución fue apelada por la Subsecretaría de Derechos Humanos junto a otros querellantes, como Secretaría de Derechos Humanos de la Nación, la Liga Argentina por los Derechos del Hombre, la Asociación de Ex Detenidos Desaparecidos, Justicia YA La Plata y la Unión por los DD.HH de La Plata.

En mayo de 2019, los jueces Gustavo Hornos, Javier Carbajo y Mariano Hernán Borinsky de la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal anularon el sobreseimiento y ordenaron al tribunal rever el fallo. Ayer, los jueces Pablo Vega, Germán Castelli y Alejandro Esmoris, del Tribunal Oral Federal N°1 de La Plata ratificaron el sobreseimiento de Pomares.

Cabe recordar que una de las testigos del juicio, Claudia Bellingeri, perito judicial de la Comisión Provincial por la Memoria (CPM) sobre el archivo de la ex-Dirección de Inteligencia de la Policía de la Provincia de Buenos Aires (Dippba), describió un organigrama de la CNU La Plata realizado por ese organismo policial donde ubicó a Castillo como jefe y a Pomares como “capitán”.

Mientras que el sobreviviente de uno de los hechos cometidos el 4 de abril de 1976, Daniel Hugo Pastorino, durante el juicio lo señaló en un albúm como una de las personas que lo secuestró, persiguió, y fue quien más le pegó porque conocía a su propio hermano. También lo recordó como uno de los que lo llevó en el trayecto hasta la calle 2 y 32 donde lo liberaron. Ante los argumentos de ser un “testimonio ambiguo”, Casación remarcó claramente que los reconocimientos fotográficos son válidos, y que una declaración testimonial no requiere las exigencias de una rueda de reconocimiento.

Pomares fue parte del gabinete municipal entre los años 1991 y 2007; luego como miembro del Partido Justicialista se desarrolló como asesor en la legislatura bonaerense. En 2011 fue detenido por orden de la justicia federal, y en ese momento, trabaja con el senador provincial Carlos Mosee, del Frente para la Victoria (FpV).

Por su parte, desde HIJOS La Plata integrantes de una de las querellas (Justicia YA La Plata) aseguraron que “ninguno de los jueces platenses dudan de la pertenencia de Pomares a la CNU y su activo rol como parte de las acciones de la banda paramilitar, pero escudados en una cuestión técnica y poniendo en duda los valiosos testimonios de sobrevivientes directos de los hechos otorgan impunidad a uno de los asesinos más encumbrados de este grupo criminal”.  

Y concluyeron: “si con el fallo de 2017 se había logrado hacer reconocer que los crímenes cometidos por la CNU representan delitos de lesa humanidad pese a haberse cometido antes del 24 de marzo de 1976 ya que la banda actuaba con aquiescencia del Estado y estaba dirigida desde altas esferas del gobierno argentino, este nuevo fallo de impunidad significa un retroceso para completar las investigaciones, juzgar y castigar la totalidad de los crímenes cometidos por el terrorismo de Estado durante el tercer gobierno peronista”.

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