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jueves 28-11-2024

Podrían eximir del pago de tasas municipales a comercios platenses

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El Concejo Deliberante se encuentra analizando un proyecto que busca apuntalar a aquellos establecimientos comerciales afectados por las restricciones en el marco de la pandemia

El Concejo Deliberante se encuentra analizando un proyecto del intendente Julio Garro que apunta a eximir del pago de tasas y derechos municipales a los establecimientos comerciales afectados por las últimas restricciones dispuestas en el marco de la pandemia.

La iniciativa tiene eco en la oposición, que también había planteado la necesidad de establecer beneficios impositivos tanto a través de proyectos en cuerpo deliberativo como en la reunión del Comité de Crisis Central.

Según prevé el proyecto de ordenanza girado por el Jefe Comunal, “se exime a los establecimientos comerciales afectados por las restricciones dispuestas por el Gobierno Nacional, del pago de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene, de los Derechos de Publicidad y Propaganda, de los Derechos de Ocupación o Uso de Espacios Públicos y del Régimen Simplificado para Pequeños Comercios (Monotasa) por todo el período en el que se encuentren vigentes las restricciones dispuestas”.

Conforme al documento, también se busca eximir a los establecimientos comerciales en cuestión del pago de la Contribución destinada al Fondo de Inversión de Infraestructura e Intervenciones Urbanas, retenida por las empresas de servicios públicos de suministro de gas, agua, cloacas y electricidad.

A su vez, la medida contempla la eximición del pago de la Tasa por Servicios Especiales de Limpieza e Higiene; así como de los Derechos de Oficina concernientes a la renovación de autorización de las unidades habilitadas para transporte público y a la renovación habilitante de taxis y remises por todo el año 2021.

El proyecto también plantea eximir a todos los emprendimientos comerciales que hayan iniciado su actividad después del 1° de abril del 2021 del pago de los Derechos de Habilitación, Autorización o Permiso, de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene, de los Derechos de Publicidad y Propaganda, de los Derechos de Ocupación o Uso de Espacios Públicos y del Régimen Simplificado para Pequeños Comercios (Monotasa) referidos en la Ordenanza Fiscal. A su vez, sobre el final del articulado propuesto por el Ejecutivo se aclara que en la reglamentación se especificará hasta que tamaño de comercios -ya sea por superficie habilitada o cantidad de empleados- alcanzará la eximición.

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