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sábado 20-04-2024

Cárceles: la Comisión por la Memoria rechazó fallo de la Corte

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El organismo, que había apoyado el habeas corpus presentado por los defensores generales bonaerenses orientado a descomprimir el hacinamiento y la sobrepoblación, calificó la resolución del máximo tribunal provincial como “un grave retroceso” frente a la pandemia

La Comisión Provincial por la Memoria (CPM) rechazó la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia, que revocó el fallo colectivo del Tribunal de Casación que otorgaba prisiones domiciliarias a las personas detenidas por delitos leves y que integren los grupos de riesgos frente al COVID19.

El organismo calificó la resolución como “un grave retroceso frente a la única medida estructural efectiva que tomó la justicia bonaerense para descomprimir el hacinamiento y sobrepoblación en cárceles y comisarías, tal como lo recomendaron organismos internacionales de derechos humanos”.

“La Corte bonaerense ordenó además revisar las morigeraciones otorgadas, pero no definió ninguna norma práctica de actuación judicial. Como si se tratara de una situación normal, cada juez deberá analizar los pedidos de arrestos domiciliarios que formulen sus detenidos, en un trámite lento e ineficaz frente a la gravedad y necesidad de medidas urgentes”, señaló la CPM.

Cabe recordar que luego de admitir el recurso de queja que presentó el fiscal de Casación, Carlos Altuve, la Suprema Corte de Justicia de Buenos Aires (SCJBA) decidió “reencauzar” el fallo del 8 de abril del máximo tribunal penal de la Provincia, que ordenaba aplicar medidas morigeratorias de la prisión para las personas en situación de riesgo ante el COVID-19.

El máximo órgano de justicia de la Provincia reconoce “el grave problema estructural de la superpoblación y hacinamiento” —situación sobre la que ya se explayó en varias ocasiones—, que se aprecian “hechos que comprometen la dignidad humana y la integridad personal de los detenidos» configurando un «estado de cosas lesivo de derechos humanos básicos» y, por último, advierte la grave contingencia y amenaza que genera la pandemia para las personas detenidas.

“Sin embargo, a pesar de este lapidario diagnóstico, revoca un fallo que había significado la posibilidad de iniciar un camino de resolución estructural a esta grave situación. En este punto, la sentencia de la Corte bonaerense no sólo anula las reglas comunes de actuación dispuestas y recomendadas por el juez Víctor Violini sino que, además, no dicta ninguna norma práctica para la actuación judicial”, remarcó el organismo bonaerense, que tiene una larga trayectoria de defensa de los derecho humanos en contextos de encierro.

Además, la Comisión indicó que “en las más de 60 páginas de la resolución, los jueces de la Corte no consideraron en ningún momento la situación conflictiva que se vive en las cárceles y comisarías, por la desesperación que provoca en las personas detenidas conocer su vulnerabilidad extrema frente a la pandemia. A esto debe agregarse que la atención sanitaria es inexistente y no se proveen elementos para la prevención del coronavirus (jabones, alcohol en gel, barbijos, etc).

En definitiva, un lamentable retroceso de la Corte provincial en la protección de los derechos humanos y la lucha contra el  coronavirus en los lugares de encierro”.

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