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viernes 26-04-2024

Afirman que es ilegal el nuevo aumento del alumbrado público

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El intendente Julio Garro busca modificar la forma de calcular la tasa municipal que se cobra con la boleta de Edelap. Pasaría de ser un monto fijo a variar según el consumo domiciliario

“¿Qué tiene que ver el consumo domiciliario con el alumbrado público?”, se pregunta el diputado provincial platense Guillermo Escudero en una gacetilla de prensa en la que califica como “ilegal y desproporcionado” el aumento que el Intendente Julio Garro quiere aprobar de la tasa municipal que se cobra con la boleta de Edelap.

En efecto, el Ejecutivo local envió dentro del proyecto de ordenanza Fiscal e Impositiva 2021, una modificación a la forma en la que se calcula la tasa por alumbrado público, que viene incluida en la factura de del servicio eléctrico.

Hasta el momento se trataba de un cargo fijo de $192, igualitario para todos los usuarios y usuarias. Pero ahora la intendencia busca que el monto se calcule en función del consumo domiciliario, que según la Municipalidad sería un indicativo de la capacidad contributiva.

Desde el bloque de concejales y concejalas del Frente de Todos advirtieron que no siempre es así y por lo tanto esta modificación puede traer más inequidades. El argumento iba referido a que hay usuarios y usuarias que son electrodependientes, y otros que tienen un consumo intensivo por no contar con otros servicios y depender mayormente de la electricidad..

Por su parte, Escudero señaló “esto es absolutamente ilegal y fue resuelto en más de una oportunidad por la Corte Suprema de Justicia de la Nación como en la causa ‘Empresa Pesquera (…)’ sentando una clara jurisprudencia que establece que: ‘tiene que existir una relación entre el hecho imponible (alumbrado) y la forma de cálculo del tributo. De tal manera que no se vulnere el principio de igualdad ante la ley que exige la Constitución Nacional para las normas tributarias’”.

Además, se preguntó: “(…) ¿el consumo es un indicador de capacidad contributiva o representa algún indicio o tiene alguna relación con el alumbrado público? La forma elegida también ataca otro importante componente de la legislación tributaria que es la capacidad contributiva. Incrementar el aumento según el consumo no supone una capacidad contributiva alguna y en más de una oportunidad puede ser también un castigo a los sectores más carenciados que al carecer de algunos servicios públicos sostienen el funcionamiento domiciliario a través del servicio eléctrico”.

“El proyecto pretende así establecer cuotas de aumentos que podrían superar el 1000% de incremento en muchos hogares platenses y perjudicar también a comercios, pymes e industrias de nuestra ciudad”, afirmó y remarcó que sus equipos técnicos “se encuentran preparando las presentaciones legales pertinentes en defensa de los vecinos y vecinas de la ciudad si la norma prospera en el Concejo Deliberante”.

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