fbpx
19.9 C
La Plata
martes 19-03-2024

Se aprobó la ley que regula el teletrabajo en Argentina

MÁS NOTICIAS

Con diferencias entre los dos bloques mayoritarios, el Senado confirmó lo que ya había sido aprobado en Diputados. Se regula una nueva modalidad, en auge durante el Aislamiento

El Senado de la Nación convirtió en ley la regulación del régimen de teletrabajo o “homeoffice” en todo el país, una modalidad que se encuentra en auge a partir del aislamiento obligatorio decretado por la pandemia de coronavirus en todo el país.

Con el voto del Frente de Todos y el rechazo de Juntos por el Cambio, la iniciativa que ya había sido aprobada en Diputados avanzó con 40 votos a favor y 30 en contra. La oposición firmó un dictamen en minoría por considerar que la ley aprobada “desalentaban” a los empleadores a promover el  teletrabajo. 

Al defender el proyecto, el senador Mariano Recalde dijo que “no surge a las apuradas”, destacó que tuvo “amplio consenso en la Cámara de Diputados” y afirmó que la ley “garantiza derechos que ya existen, que de no ser respetados harían retroceder al país 100 años”.

“Es muy sano que la ley prohíba al empleador, por ejemplo, efectuar llamados fuera del horario laboral”, sostuvo, y remarcó que la cuestión de la reversibilidad del formato de teletrabajo -uno de los puntos cuestionados por la oposición- alcanza con un preaviso de 15 días.

En cambio, el jefe de los senadores de Juntos por el Cambio, Luis Naidenoff, declaró que “hay una mirada sesgada (del oficialismo) con esta idea de no aceptar cambios” y señaló “falta de sentido común”, ya que la ley “pone un freno a las fuentes de trabajo” y demuestra “una enorme torpeza desde lo político”.

La ley establece las condiciones legales mínimas para la regulación de la modalidad de teletrabajo en aquellas actividades que lo permitan por su naturaleza y características, y aclara que los aspectos específicos se establecerán en el marco de las negociaciones colectivas.

De este modo, las personas que trabajen bajo esta modalidad gozarán de los mismos derechos y obligaciones que las que trabajen en forma presencial y su remuneración no podrá ser inferior a la que percibían o percibirían en modalidad presencial.

Además, determina que los convenios colectivos deberán prever una combinación entre prestaciones presenciales y por teletrabajo.

La ley ordena además que el empleador debe proporcionar el equipamiento, las herramientas de trabajo y el soporte necesario para el desempeño de las tareas, y asumir los costos de instalación, mantenimiento y reparación de las mismas.

(Fuente: DIB)

Somos un medio de comunicación cooperativo que se conformó luego de los despidos ilegales en el diario Hoy y en la radio Red 92 de La Plata, sucedidos a principios de 2018.
Sin laburo y con la intención de mantener nuestros puestos de trabajo, un grupo de periodistas, correctorxs, fotógrafes, locutorxs, productorxs audiovisuales y diseñadorxs decidimos organizarnos de forma colectiva.

spot_img
spot_img