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jueves 28-03-2024

Nación habilitó la fabricación de indumentaria en La Plata

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La autorización se realizó a través de un decreto publicado hoy en el boletín Oficial. Todavía resta que la Provincia dicte las reglamentaciones necesarias para el desarrollo de la actividad

El gobierno nacional habilitó más actividades económicas en ocho municipios de la provincia de Buenos Aires, en el marco de las excepciones del aislamiento dispuesto por la pandemia de coronavirus.

Entre las comunas mencionadas en la Decisión Administrativa 942/2020 publicada hoy en el Boletín Oficial se encuentra la ciudad de La Plata, donde se autoriza la fabricación de indumentaria. De todas formas, todavía resta que la Provincia dicte las reglamentaciones correspondientes para que la actividad comience a funcionar.

Según indica el texto de la resolución, la Gobernación bonaerense tiene la posibilidad de “limitar el alcance de la excepción a determinadas áreas geográficas o a determinados municipios, o establecer requisitos específicos para su desarrollo que atiendan a la situación epidemiológica local y a las características propias del lugar, con el fin de minimizar el riesgo de propagación del virus”.

“Las excepciones otorgadas a través del artículo 1º de la presente podrán ser dejadas sin efecto por el Gobernador, en el marco de su competencia territorial, en forma total o parcial, en virtud de las recomendaciones de la autoridad sanitaria provincial, y conforme la evolución epidemiológica de la pandemia de COVID-19, debiendo comunicar tal decisión al Jefe de Gabinete de Ministro”, se señala.

Además, la normativa marca que “en todos los casos se deberá garantizar la organización de turnos, si correspondiere, y los modos de trabajo y de traslado que garanticen las medidas de distanciamiento e higiene necesarias para disminuir el riesgo de contagio del nuevo coronavirus”.

Asimismo, las empleadoras y los empleadores deberán garantizar las condiciones de higiene, seguridad y traslado establecidas por las respectivas jurisdicciones para preservar la salud de las trabajadoras y de los trabajadores, y que estos lleguen a sus lugares de trabajo sin la utilización del transporte público de pasajeros.

En tanto, también se aclara que las personas alcanzadas para desarrollar sus actividades por esta decisión administrativa deberán tramitar el Certificado Único Habilitante para Circulación – Covid-19.

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