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martes 16-04-2024

Sentencia histórica: condenaron al médico que impidió un aborto no punible

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Se trata del ginecólogo Leandro Rodríguez Lastra de la localidad de Cipolletti (Río Negro), quien fue declarado culpable por incumplimiento de los deberes de funcionario público

El juez rionegrino Álvaro Meynet dio su veredicto en la mañana de este martes, en el cual se responsabiliza al ginecólogo Leandro Rodríguez Lastra culpable del delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público por obstruir en 2017 un aborto no punible a una joven de 19 años víctima de una violación. En pocos días se conocerá la pena que podría ser de hasta dos años de prisión e inhabilitación para seguir ejerciendo como médico.

El 2 de abril de 2017 la joven de 19 llegó al hospital Pedro Moguillansky de la ciudad de Cipoletti, Río Negro, derivada de otra institución pública, con fuertes dolores luego de haber ingerido pastillas abortivas. Ella llevaba 22 semanas y media de gestación de un embarazo no deseado, producto de una violación intrafamiliar.

En ese lugar fue atendida por el Jefe de Ginecología, Leandro Rodríguez Lastra –oriundo de Lomas de Zamora y egresado de la UBA- quien se negó a practicarle una interrupción legal del embarazo argumentando que había riesgo para la madre y el feto, y además esperando un “informe psiquiátrico”, un requisito no solicitado en la ley.

Pasaron dos meses, la joven quedó internada, nació el bebe y fue dado en adopción. El daño provocado para con ella es irreparable, tuvo cuadros graves de anorexia nerviosa e intentos de suicidio.

Por ello, la diputada provincial Marta Milesi, médica pediatra y autora de la ley N° 4796 de aborto no punible en la provincia de Río Negro, lo denunció por “incumplimiento de deberes de funcionario público”, delito penado en el Artículo 248 del Código Penal, por no haber acatado el Protocolo de aborto no punible en casos de abuso. También incumplió la ley nacional 26.485, de protección integral a las mujeres.

Así festejaron afuera de los tribunales rionegrinos. Foto Gentileza: Oscar Livera

Por su parte, el fiscal Santiago Márquez Gauna en su alegato consideró que Rodríguez Lastra ejerció “violencia obstétrica” y que puso su voluntad por encima de la de la paciente. Dijo que “la tuvieron de incubadora humana” porque “las mismas personas que le negaron el derecho (a abortar) decidieron cuándo iba a parir”. Y concluyó que “la única razón por la cual (el médico) actuó como actuó es que no comulga con los derechos de las mujeres”. 

Durante el juicio se manifestaron organizaciones de la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto, y también se hicieron presentes sectores “pro vida” que en la ante última audiencia atacaron a periodistas que se encontraban realizando la cobertura del juicio para que se difunda lo sucedido.

Los sectores “pro vida” también estuvieron presentes en los tribunales apoyando al ginecólogo. Foto Gentileza: Oscar Livera

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