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miércoles 24-04-2024

Determinan que no prescribe el delito de abuso sexual a menores

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Es un fallo que remite a la denuncia que una mujer realizó contra su tío, que la abusaba desde que tenía 13 años en 1984. La Justicia había determinado previamente que no se podía seguir con la investigación

La justicia penal de La Plata determinó que el plazo de prescripción de una acción penal no puede aplicarse para desestimar la investigación en un caso de abuso sexual de una menor que denunció el hecho casi 15 años después de ocurrido, informaron fuentes judiciales.

La causa comenzó en el año 2016, cuando una mujer denunció ante la fiscal penal de La Plata, Betina Lacky, que fue abusada sexualmente por su tío cuando tenía 13 años, entre los años 1984 y 2001. En su momento, el juez de Garantías, Pablo Raele, había resuelto que ya había prescripto la acción penal y no era posible continuar investigando.

Ahora la Sala IV de la Cámara de Apelaciones y Garantías de La Plata, con el voto de los jueces Carlos Arguero y María Silvia Oyhamburu, hizo lugar al recurso interpuesto por la fiscalía y las abogadas defensoras de la víctima, contra la decisión del anterior magistrado.

La Sala consideró que la Convención Internacional de los Derechos del Niño y los Tratados Internacionales prevalecen en estos casos frente a la normativa local, según el fallo que consigna la agencia Télam. La fuente explicó que la menor “estuvo prácticamente sometida por su tío” que en ese momento tenía 45 años y que pese a haberle contado a su madre, nunca lo denunció ante la justicia.

Los camaristas sostuvieron que la víctima “no logró tener acceso a la justicia en el momento en que se cometió el delito” y que “el interés superior del niño prevalece cuando entra en colisión una norma interna con un tratado internacional” y ordenaron continuar la investigación.

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